INCLUSIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
imagen tomada de: diamundialdepersonascondiscpacidad.com
La
importancia de la igualdad de acceso a los derechos Las personas con discapacidad,
en calidad de ciudadanos, poseen idénticos derechos que las demás personas,
incluido el derecho al trato digno y equitativo, así como el derecho a una vida
independientemente y a participar plenamente en la sociedad. Uno de los
aspectos clave de las actuaciones de la Unión en ese ámbito es conseguir que
las personas con discapacidad disfruten de esos derechos. Como consecuencia de
ello, la igualdad de oportunidades respalda los objetivos europeos a largo
plazo en cuanto a la discapacidad y atribuye las facultades necesarias a las
personas con discapacidad para que puedan alcanzar todo su potencial y
participar en la sociedad.
Las personas con discapacidad están implicadas en el proceso de toma de
decisiones conforme al principio europeo: «Nada para las personas con
discapacidad, sin las personas con discapacidad».
La
Estrategia sobre discapacidad tiene como propósito ofrecer a las personas con
discapacidad las mismas posibilidades individuales y el mismo control de su
vida cotidiana que a las demás personas. Los servicios de cuidados y apoyo
deben estar concebidos para satisfacer adecuadamente las necesidades específicas
de las personas con discapacidad. En este caso se promueve la prestación de
servicios sociales accesibles, a precios asequibles y de calidad, y brinda su
apoyo a través de las estrategias europeas de protección e inclusión social. La
Estrategia sobre discapacidad también apoya la lucha destinada a evitar el
internamiento en centros especiales de las personas con discapacidad. A través de
estos programas se ha conseguido que grandes empresas financien estudios acerca de la oferta de servicios
comunitarios destinados a garantizar que las personas con discapacidad reciban
la satisfacción necesaria de seguridad, libertad e independencia para vivir en
comunidad.
imagen tomada de: personaesmayoresydiscapacitasblog.com
La
Directiva comunitaria sobre el empleo prohíbe la discriminación, así como el
acoso y las medidas discriminatorias. Todos los empresarios realizarán los
«ajustes razonables» o tomarán las medidas adecuadas para permitir el empleo de
las personas con discapacidad. Muchos Estados miembros se han visto obligados a
modificar, de manera sustancial, su legislación nacional con el fin de observar
la normativa comunitaria en materia de empleo de personas con discapacidad. El
Reglamento sobre ayudas estatales al empleo promueve la contratación y la
permanencia laboral de los trabajadores con discapacidad. Además, permite a los
Estados miembros otorgar incentivos económicos a las empresas y ofrece
seminarios destinados a fomentar la contratación y la continuidad laboral de
ese colectivo. El Reglamento sobre los derechos de las personas con
discapacidad y de las personas de movilidad reducida en el transporte aéreo
obliga a establecer servicios gratuitos de asistencia e información en los
aeropuertos y por las compañías aéreas. Así, está prohibido negarse a realizar
reservas por motivos de discapacidad, excepto por razones de seguridad o debido
al tamaño insuficiente del avión. Las compañías aéreas y los responsables de
los aeropuertos deben asegurar que sus empleados han recibido la formación adecuada
para ayudar a las personas con discapacidad. También es obligatoria la creación
de organismos responsables de hacer cumplir la legislación y de procedimientos
de presentación de denuncias en la materia. En la actualidad se está preparando
una normativa sobre los pasajeros con discapacidad en cualquier tipo de
transporte. También existen otras normas comunitarias que tratan de las
necesidades de las personas con discapacidad como, por ejemplo, las que afectan
al sector de las telecomunicaciones.
El Ministerio de Inclusión
Económica y Social a través de la Subsecretaría de Discapacidades, lleva
adelante talleres participativos con la población de las zonas y distritos, a
escala nacional, con el mayor porcentaje de personas con discapacidad.
Las mesas de diálogo, se
realizaron a finales del mes de marzo, en la provincia de Chimborazo, en los
cantones Riobamba, Penipe y Guano. A estas reuniones asistieron cerca de
900 personas, quienes analizaron, debatieron y generaron información para
fortalecer la política pública para alcanzar un servicio eficiente y
eficaz.
Estos encuentros ciudadanos
se determinaron técnicamente en zonas o localidades donde se
encuentra un mayor número de personas con discapacidad, es allí que se
determina la convocatoria con fecha y lugar para las reuniones comunitarias.
En estas reuniones se logra
una interrelación más cercana con los personeros del MIES y sus servicios, a la
vez que los participantes reciben información sobre sus derechos, se promueve
la participación activa de las partes, el respeto e interacción intercultural y
el fomento de la igualdad e inclusión dentro de la misma sociedad.
imagen tomada en: instituto académico la paz-Bogota
Para el MIES es importante
el desarrollo de estas mesas de diálogo, ya que así se determina las
necesidades de las localidades y la prioridad de propiciar el fortalecimiento
de los espacios públicos de diálogo; el reforzar la inclusión positiva y
permanente de las personas con discapacidad, sus familias y la comunidad.
Las entidades públicas del
orden nacional, departamental, municipal, distrital y local, en el marco del
Sistema Nacional de Discapacidad, son responsables de la inclusión real y
efectiva de las personas con discapacidad, debiendo asegurar que todas las
políticas, planes y programas, garanticen el ejercicio total y efectivo de sus
derechos, de conformidad con el artículo 3°
literal c), de Ley 1346 de 2009.
Son deberes de la familia,
las empresas privadas, las organizaciones no gubernamentales, los gremios y la
sociedad en general:
1. Integrar las veedurías
locales y municipales.
2. Las empresas, los
gremios, las organizaciones no gubernamentales, las Cámaras de Comercio, los
sindicatos y organizaciones de personas con discapacidad, integrarán el Consejo
para la Inclusión de la Discapacidad, que para el efecto se crea en el numeral
11 del artículo 5°. Este consejo tendrán como fin coordinar las acciones que el
sector privado adelante con el fin de coadyuvar al ejercicio de los derechos y
la inclusión de las personas con discapacidad.
imagen tomada en www.vexler.com
Las personas con
discapacidades enfrentan desventajas significativas con respecto a la salud,
como son:
Los adultos con
discapacidades tienen 3 veces más probabilidades de tener enfermedades
cardiacas, accidentes cerebro vasculares, diabetes o cáncer que los adultos sin
discapacidades;4 los adultos con discapacidades tienen más probabilidades de
ser fumadores que los adultos sin discapacidades; 5 y las mujeres con
discapacidades tienen menos probabilidades de haberse hecho una mamografía para
detectar cáncer de mama en los últimos dos años, que las mujeres sin
discapacidades. 6 Aunque la discapacidad se relaciona con afecciones (como la
artritis, o afecciones mentales o emocionales) o eventos (como las lesiones),
el funcionamiento, la salud, la independencia y la participación en la sociedad
de las personas con discapacidades pueden variar dependiendo de varios factores:
Gravedad de la deficiencia
subyacente
Influencias y expectativas
sociales, políticas y culturales
Aspectos de entornos
naturales o construidos
Disponibilidad de tecnología
y dispositivos de asistencia
Apoyo y participación de la
familia y la comunidad
La inclusión de personas con
discapacidades significa entender la relación entre la manera en que las
personas funcionan y cómo participan en la sociedad, así como garantizar que
todas tengan las mismas oportunidades de participar en todos los aspectos de la
vida al máximo de sus capacidades y deseos
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